Sunat aumentará pagos en devolución por pagos tributarios excesivos o incorrectos

El Congreso de la República del Perú ha aprobado en segunda votación la “Ley que sincera los intereses por devoluciones de pagos de tributos en exceso o indebidos, por retenciones o percepciones no aplicadas del Impuesto General a las Ventas y actualización de multas”. Esta medida tiene como objetivo equiparar las tasas de interés que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) paga por las devoluciones relacionadas con pagos en exceso o indebidos con las que el ente recaudador impone cuando cobra sanciones o multas.

En la actualidad, la Sunat aplica una tasa de interés moratorio (TIM) del 0.9%, según la Resolución de Sunat 044-2021/SUNAT. Sin embargo, la tasa de devolución por los pagos en exceso, determinada en la Resolución 066-2020/SUNAT, es del 0.42% para moneda nacional, ajustada con un factor de 1.2, lo que la eleva al 0.54%. Esto resulta en una tasa de interés menor a la que cobra la Sunat por sanciones o multas.

El texto sustitutorio de la ley, que fue aprobado en primera votación en el Pleno del Congreso en abril pasado, establece que las tasas de interés por devoluciones deben ser equivalentes a las tasas de interés moratorio que cobra la Sunat por sanciones.

Según datos proporcionados por el Congreso, los montos anuales devueltos por la Sunat debido a pagos indebidos o en exceso por retenciones y percepciones ascienden en promedio a S/ 600 millones. Sin embargo, durante el período de enero a noviembre del 2022, este monto alcanzó los S/ 1,076 millones.

El presidente de la Comisión de Economía del Parlamento, César Revilla, explicó que el objetivo de esta medida es garantizar un trato equitativo tanto para la Sunat como para los contribuyentes en lo que respecta al pago y la remisión de posibles sanciones. La ley busca sincronizar las tasas de interés y facilitar un sistema más justo y equitativo para todos los involucrados.

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