Se ha vuelto casi una tradición realizar cambio de funcionarios municipales cada mes de enero.
Rafael Vera Mascaro[1]
En mi experiencia he podido reconocer los siguientes motivos:
1) Desconocimiento e incompetencia de la gestión pública, que los lleva a cometer e inducir a errores a las autoridades políticas (alcaldes y regidores) generan-do responsabilidad penal y administrativa; perjuicio económico a la institución, e incluso la vacancia, 2) Inadaptación a la administración pública del enfoque y experiencias adquiridas de la gestión privada, 3) Actitud soberbia, arbitraria y prepotente con los otros funcionarios, el personal y/o los vecinos, producto de la vanidad o engreimiento, 4) Víctima de la envidia y los comentarios negativos, de gente mediocre o arribista, que abunda, 5) Resistencia a avalar actos y conductas abiertamente ilegales, 6) Deslealtad, traición y/o infidencia, amén del chantaje, 7) Conflictos subjetivos con otros funcionarios que afectan la gestión y su reputación, 8) Comisión de faltas administrativas o delitos, 9) Descubrimiento de incumplimiento de requisitos legales para el cargo al cual fue designado o contratado, 10) Intromisión de un recomendado, 11) Aparición de un vendedor de sebo de culebra que se ofrece a resolver los problemas de manera “ingeniosa” y/o que asegura tener los contactos u ofrecer ganancias “fácilmente”, y 12) Búsqueda de nuevas y mejores oportunidades laborales y económicas.
En gran parte los cambios se deben también a que muchos funcionarios ignoran que son administradores de su unidad orgánica y por lo tanto deben ser competentes para Planificar, Organizar, Dirigir y Controlar. No sólo debe ser un experto en su materia (pues le cuesta mucho a la entidad que en esos cargos recién vayan a aprender), sino que le corresponde proponer, gestionar, impulsar e implementar mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad en las materias de su competencia; es decir, aportar.
Por eso insisto en que el funcionario, además de cumplir con las exigencias legales, debe contar con un mínimo de requisitos extralegales: Inteligencia emocional, que le permita reconocer y responder a los sentimientos y temperamentos de las personas. La empatía, el autocontrol y el manejo de las emociones y conflictos resulta fundamental para la toma de decisiones razonables. Experiencia pública, para conocer los principios, reglas y sistemas administrativos, y saber lidiar con ellos, diferentes de los de la administración privada. Formación política democrática, para tener clara la naturaleza del Estado y los principios que lo rigen. La mística surge de la educación en valores democráticos y del servicio público. Integridad moral, para hacer lo correcto. Su comportamiento debe adecuarse a las normas y valores que se espera de él. Ética en su ejecución y honestidad en su rendición. Empowerment, es decir, delegar la toma de decisiones sin necesidad de requerir autorización, para atender rápidamente las demandas y expectativas de la entidad y de la comunidad. Espíritu innovador, producto del trabajo sistemático, racional, organizado y dirigido a resultados. Nace de su insatisfacción con la situación actual y de la conciencia de la necesidad de hacer las cosas de manera original. Saber comunicar, interpretando y coordinando mensajes con los ciudadanos y el personal para crear un significado compartido, lograr metas políticas y sociales, manejar su identidad personal e institucional, mantener estrecha relación y llegar al corazón de sus vecinos.
[1] Abogado, consultor municipal y de marketing político. rafael.vera@consugob.com